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Tras un amparo de la CGT, la jueza Fullana suspendió dos artículos del DNU 340 que establecían fuertes límites al derecho a huelga en casi todas las actividades.
La Justicia laboral suspendió el DNU de Javier Milei que limitó fuerte el derecho a huelga de prácticamente todas las actividades sindicales.
Tras una presentación de la CGT, la jueza Moira Fullana hizo lugar al pedido y suspendió provisoriamente los artículos 2 y 3 del DNU 340 del 21 de mayo pasado.
La magistrada consideró que la causa debe tratarse en la Justicia laboral y no en el fuero Contencioso Administrativo, como pretende el gobierno nacional. Es una estrategia repetida de Milei de tratar de sacar las causas de la Justicia del Trabajo para llevarlas a un fuero más amigable.
En su fallo, la jueza Fullana consideró que no están dadas las circunstancias constitucionales de “necesidad y urgencia” para que Milei puede esquivar el Congreso y dictar un DNU. La razón es sencilla: el Congreso está funcionando.
“El Congreso de la Nación se encuentra sesionando en forma ordinaria, extremo que impone al Estado Nacional una sólida y consistente argumentación en relación con la situación de emergencia que habilitaría la vía excepcional previo al tratamiento de la norma ante el Poder Legislativo”, dice el fallo.
Fullana recuerda que la Corte estableció que la situación de crisis económica no alcanza para justificar un DNU. “Para el dictado de un decreto de necesidad y urgencia se impone la configuración de una situación de grave perturbación económica, social o política, que represente el máximo peligro para el país”, recuerda la jueza.
Como contó LPO, a través de un DNU que en apariencia tenía como objetivo principal la desregulación de la marina mercante, el gobierno escondió una reforma laboral más agresiva que la que contenía el DNU 70 y que también fue frenada por el fuero laboral.
Lo que hizo Milei fue ampliar las actividades consideradas esenciales, es decir las que deben garantizar una prestación mínima en caso de huelga. Los servicios esenciales deben garantizar una prestación mínima del 75% y las actividades o servicios de importancia trascendental un 50%.
Written by: E-GRUPOCLAN
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