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El ejercicio del sufragio depende de la inscripción en el padrón, la edad y la presentación del documento adecuado, además de respetar las condiciones que marca la ley electoral vigente
El próximo 26 de octubre, millones de ciudadanos elegirán diputados y senadores nacionales en todo el país, en una jornada que marcará la implementación de la Boleta Única de Papel (BUP).
Para emitir el voto, será obligatorio presentar un documento físico válido que acredite la identidad ante las autoridades de mesa. La normativa electoral argentina especifica estrictamente cuáles son los documentos habilitados, así como las condiciones para su aceptación, lo que resulta esencial para garantizar la participación.
De acuerdo a la legislación vigente, los documentos aceptados para votar en las elecciones legislativas nacionales de 2025 son los siguientes:
Cada elector debe presentar el documento que figura en el padrón electoral o una versión emitida con posterioridad. En el caso de los DNI verdes, las variantes como duplicados o ejemplares con letras también están contempladas: los ejemplares con letras siempre se consideran posteriores a los numerados, según la Dirección Nacional Electoral.
Las autoridades de mesa verifican tanto el estado del documento como la correspondencia exacta con los datos registrados. Presentar uno de estos documentos es indispensable para todos los electores inscriptos en el padrón, de acuerdo con la Junta Electoral.
No, en ningún caso está permitido votar con el DNI digital. Ni la app Mi Argentina, ni copias digitales en el celular, ni capturas de pantalla tendrán validez ante las autoridades de mesa. Tampoco estarán habilitadas fotocopias, constancias de trámite o denuncias policiales como reemplazo del documento requerido. La normativa es taxativa: solo el documento físico autoriza el ingreso al cuarto oscuro, según consignó la Dirección Nacional Electoral.
Estos son los documentos no habilitados para votar:
La acreditación de identidad solo será válida con la presentación del documento físico original.
Si el elector no cuenta con el documento físico registrado en el padrón, o un ejemplar emitido posteriormente, no podrá votar. No se acepta ningún otro formato: ni pasaporte, ni registro de conducir, ni constancia de trámite, ni denuncia por extravío.
La legislación tampoco permite votar con un ejemplar más antiguo al consignado en el padrón, por lo que si solo se dispone de una versión anterior, el acceso a la urna será rechazado, de acuerdo a la información de la Dirección Nacional Electoral.
En caso de extravío o robo antes de la elección, solo se habilita el voto si se obtiene y presenta el documento físico actualizado.
Podrán votar en las elecciones nacionales de 2025:
Extranjeros residentes en Argentina solo participan en elecciones provinciales si cumplen los requisitos legales, pero no votan en comicios nacionales, detalla la Junta Electoral.
Están justificados y exentos de votar quienes:
Las justificaciones deben presentarse ante la Justicia Electoral provincial hasta 60 días después de la elección para evitar sanciones.
Written by: E-GRUPOCLAN
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