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HUMOR PARA LEER Y ESCUCHAR Reflexiones de la vida diaria: «Metidas de pata» E-GRUPOCLAN
«Desde abril, los jubilados argentinos cobrarán con aumentos mensuales de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor», afirmaba el comunicado.
Esto, según sostuvo Rodríguez en X, «era mentira». «Es evidente que no se puede confiar en lo que difunde esa cuenta no oficial y sin firma, que se autodenomina ‘Oficina del Presidente’. La realidad es que, según lo que establece el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2024 publicado hoy en el Boletín Oficial, ‘la primera actualización’ basada en el IPC recién ‘se hará efectiva a partir de las prestaciones previsionales correspondientes al mes de julio de 2024’«, remarcó.
En el anexo, el DNU el Gobierno aclara que «en julio de 2024 se abonará la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente a mayo de 2024. En agosto se abonará la variación correspondiente a junio, y así sucesivamente».
Dado que comenzará a aplicarse en julio, en junio los haberes se actualizarán con el índice de movilidad trimestral que se aplicaba hasta el momento, calculado según la evolución de los salarios y de la recaudación de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
En abril, se otorgará un «incremento extraordinario equivalente al 12,5%» de los haberes de marzo más un «adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024». Mientras que en mayo, se cobrará otro incremento como adelanto del aumento que vendrá en junio.
Escrito por E-GRUPOCLAN
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