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HUMOR PARA LEER Y ESCUCHAR Reflexiones de la vida diaria: «Metidas de pata» E-GRUPOCLAN
El Senado aprobó ayer una ley que modifica la fórmula de movilidad jubilatoria establecida por el Gobierno a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 274. Esta decisión generó una fuerte controversia, ya que la nueva normativa propone un aumento de los haberes previsionales y una recomposición de los ingresos que, según el Ejecutivo, comprometería gravemente el equilibrio fiscal del país. El presidente Javier Milei advirtió en reiteradas ocasiones que vetará la ley, alegando que su implementación implicaría un costo insostenible para el Tesoro. A continuación, se analizan las principales claves de la reforma aprobada por el Senado, los impactos sobre los ingresos de los jubilados y las diferencias con la fórmula vigente impulsada por el Gobierno.
La ley aprobada por el Senado establece una serie de modificaciones importantes en la fórmula de actualización de las jubilaciones y pensiones, que en la práctica aumentarán los haberes de los beneficiarios del sistema previsional. Entre los aspectos más destacados del nuevo esquema de movilidad jubilatoria, se encuentran los siguientes:
La fórmula de movilidad jubilatoria vigente, establecida por el DNU 274 firmado por Milei, establece que los haberes previsionales se actualicen mensualmente en función de la inflación. Desde abril de este año, las jubilaciones se ajustan según el índice de precios del INDEC con dos meses de rezago, lo que significa que el aumento de septiembre, por ejemplo, se calculó con base en la inflación de julio, que fue de 4,03%. Bajo este esquema, los jubilados recibieron aumentos del 4,18% en julio y del 4,6% en agosto, mientras que en meses anteriores los reajustes fueron de 8,8%, 11% y 13,2%.
Sin embargo, la principal diferencia entre la fórmula vigente y la aprobada por el Senado radica en la compensación adicional del 8,1% que se otorgaría a los jubilados para recomponer sus ingresos tras la elevada inflación de enero. Según el DNU 274, el Gobierno otorgó en abril un incremento extraordinario del 12,5%, pero este aumento no cubrió el total de la inflación acumulada en el primer mes del año, lo que generó una pérdida del poder adquisitivo para los jubilados. La ley aprobada en el Congreso busca corregir esta situación, al tiempo que introduce la garantía de un ingreso mínimo vinculado a la CBT, que reemplazaría a los bonos extraordinarios.
La aprobación de la nueva ley tendría un impacto directo y significativo sobre los ingresos de los jubilados y pensionados. Si se aplicaran los cambios propuestos, los haberes mínimos aumentarían en un 7,2% con efecto retroactivo a abril. Esto implicaría un incremento de aproximadamente $17.000 en septiembre, elevando el haber mínimo de $234.540 a $251.427. Asimismo, aquellos jubilados que perciben un único haber previsional tendrían garantizado un ingreso mínimo de $317.704, una cifra superior a la que recibirían si el Gobierno decidiera continuar con el bono de $70.000.
Por otra parte, los jubilados también recibirían una compensación retroactiva por los meses en que los aumentos otorgados por el Gobierno no cubrieron la inflación acumulada. Este ajuste beneficiaría especialmente a quienes cobran haberes mínimos, ya que recibirían sumas adicionales por los meses de abril a julio, durante los cuales los incrementos fueron menores a los previstos por la ley aprobada.
Escrito por E-GRUPOCLAN
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