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HUMOR PARA LEER Y ESCUCHAR Reflexiones de la vida diaria: «Metidas de pata» E-GRUPOCLAN
Todas las compras que superen los $191.624, deberán ser informadas a la AFIP ya que la entidad actualizó los montos mínimos que rigen desde el 15 de enero para el giro de información.
Los $191.624 rigen para los pagos a través de medios electrónicos, pero ese monto se reduce a $95.812 cuando sea mediante pagos en efectivo o por otros medios de pago no electrónicos.
La AFIP explicó: «El sistema Comprobantes en Línea considera que la operación fue realizada través de medios electrónicos cuando se marca en condiciones de venta, una de las siguientes opciones: Tarjeta de Débito, Tarjeta de Crédito, Cuenta Corriente, Cheque y Tiquet«.
Y agrega: «En el caso de operaciones efectuadas por responsables inscriptos frente al impuesto al valor agregado, cuya actividad principal corresponda a la comercialización mayorista (industria manufacturera; comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas), se exceptuará de identificar al cliente cuando la operación sea igual o menor a $95.812 y el pago se efectúe por algún medio electrónico autorizado».
Escrito por E-GRUPOCLAN
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