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HUMOR PARA LEER Y ESCUCHAR Reflexiones de la vida diaria: «Metidas de pata» E-GRUPOCLAN
El tribunal en lo Civil 53 falló este viernes en rechazo a las demandas de ambas asociaciones por considerar que no era posible determinar el alcance del supuesto colectivo representado ya que se invocaba al “conjunto de inquilinos con domicilio en cualquier parte del territorio nacional”.
El tribunal, además, consideró que se plantean situaciones “meramente conjeturables e hipotéticas que podrían tener lugar a partir de la derogación de la norma” y aclaró mediante el escrito que no hay una contienda concreta que tenga que ser resuelta judicialmente.
En la presentación de inquilinos se cuestiona que «la derogación de la regulación de alquiler y el totalitarismo inmobiliario que impone el Poder Ejecutivo a través de este DNU tendrá por efecto inmediato e irreversible la precarización y destrucción del derecho a la vivienda
La acción de amparo colectivo presentada en diciembre por las agrupaciones de inquilinos contra el Estado Nacional, buscaba la declaración de inconstitucionalidad y nulidad absoluta del DNU 70/2023.
En el contenido se cuestiona que «la derogación de la regulación de alquiler y el totalitarismo inmobiliario que impone el Poder Ejecutivo a través de este DNU tendrá por efecto inmediato e irreversible la precarización y destrucción del derecho a la vivienda de la población inquilina que representa».
En ese sentido, argumentaba que «ello producirá la precarización y/o estrucción del derecho a la alimentación, educación, trabajo, niñez y salud, entre los principales, con consecuente riesgo de vida para la población, pudiendo agudizarse la crisis habitacional en una ruptura social de alcances inimaginables».
Escrito por E-GRUPOCLAN
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