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En 2013, entró en vigencia en el Chaco una normativa que prohíbe que los policías denunciados por violencia de género porten armas cuando están fuera de servicio. La medida busca proteger la integridad física de las personas denunciantes. Desde entonces hasta enero de este año, se realizaron 1.122 actuaciones sumarísimas contra integrantes de la fuerza de seguridad provincial, según datos obtenidos por LITIGIO a partir de un pedido de acceso a la información pública.
Gabriela Alarcón fue asesinada el 12 de enero de 2024. El autor del crimen, Claudio David Mambrín, un sargento de la Policía del Chaco, utilizó su arma reglamentaria para matarla y luego se suicidó. Estaban casados y vivían en Presidencia de la Plaza, a unos 100 kilómetros de Resistencia, junto a sus dos hijos adolescentes. Gabriela tenía 31 años.
El Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina, elaborado por la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, indica que los crímenes como el ocurrido en Presidencia de la Plaza, donde el autor es miembro de una fuerza de seguridad, no son aislados. En 2023, al menos 17 femicidios fueron cometidos por agentes de fuerzas de seguridad, lo que representa casi el 7% del total. De estos, 13 policías estaban en actividad, dos estaban retirados, y no se precisó el estado de los otros dos. De los 17 uniformados, 12 utilizaron armas de fuego, y al menos ocho de estas armas eran reglamentarias.
De ellos, 13 se encontraban en actividad, dos estaban retirados, mientras que no se precisó su estado de revista para los dos restantes. De los 17 uniformados, 12 utilizaron armas de fuego: como mínimo ocho eran armas reglamentarias.
Ante este panorama, cobra relevancia en el Chaco conocer cuál es la situación de una normativa importante en cuanto al resguardo de la integridad física, psicológica y moral de las personas que denuncian agresiones machistas contra integrantes de las fuerzas de seguridad local. Y no sólo eso: también es un barómetro bastante preciso de cómo se comportan los miembros de la policía chaqueña cuando no llevan uniforme.
La Ley 2141-J, sancionada en 2013, prohíbe que los policías denunciados por violencia de género porten armas fuera de servicio. A partir de un pedido de acceso a la información pública presentado por LITIGIO en enero de este año, la Dirección de Personal de la Policía del Chaco brindó guarismos alarmantes: en el período que va desde que entró en vigencia la normativa (2013) hasta enero de 2025, más de mil integrantes de la Policía del Chaco fueron denunciados por violencia de género y debieron dejar el arma en la comisaría, antes de volver a su casa.
El informe, firmado por comisario principal, Fabián Pérez, indica que se realizaron 1.122 actuaciones sumarísimas contra personal policial denunciado por violencia de género: casi 100 por año. De la totalidad de actuaciones, 603 se realizaron en la Dirección Zona Metropolitana, mientras que 519 se dieron en la Dirección Zona Interior.
Una actuación sumarísima en la Policía del Chaco es un procedimiento administrativo que se lleva a cabo de manera rápida y expedita para abordar casos de violencia familiar y de género en los que están involucrados miembros de la fuerza policial. Este tipo de actuación se centra en registrar, revisar y acompañar los procesos administrativos internos relacionados con denuncias de este tipo.
El desglose anual muestra que en 2014 se realizaron 98 actuaciones, en 2015 fueron 107, en 2016 hubo 94, en 2017 fueron 87, en 2018 un total de 85, en 2019 se registraron 81, en 2020 fueron 98, en 2021 y 2022 hubo un pico con 129 actuaciones cada año, en 2023 se registraron 107 y en 2024, hasta la fecha, 90. Los años 2013 y 2025 presentan cifras atípicas: 11 y 6 hechos respectivamente, debido a que la ley se implementó a mitad de 2013 y, en 2025, solo se tomaron datos hasta los primeros nueve días de enero.
La Ley 2141-J fue impulsada por los legisladores peronistas, María Lidia Cáceres y Gustavo Carballo. La normativa establece la “prohibición de la portación, tenencia y transporte del arma de dotación” fuera del horario de servicio a aquellos los efectivos policiales denunciados por violencia familiar o de género. Se aclarar que dicha prohibición deberá ser dispuesta por resolución fundada del Jefe de Policía de la Provincia, “cuando la denuncia resulte verosímil”.
La normativa también señala que la suspensión de la medida depende de los informes de un equipo interdisciplinario de Asistencia a Víctimas de Violencia Familiar y del Delito y de la resolución del juez interviniente.
Además, la disposición N° 002330/2019 de la Jefatura de Policía establece un protocolo para estos casos. La División Actuaciones Administrativas Sumarísimas es la unidad encargada de la gestión integral de la tramitación de las actuaciones. Además del retiro del arma reglamentaria cuando están de franco, los uniformados denunciados deben someterse a una Junta Médica para evaluar si están aptos para continuar portando armamento en su horario regular. Si no se los considera con la suficiente aptitud para estar armados, el Jefe de la Unidad deberá asignarles únicamente tareas administrativas.
Un equipo interdisciplinario también evaluará al denunciado. El equipo puede determinar que el policía debe someterse a tratamiento psicoterapéutico. En caso de que sea así, se le notificará que puede hacerlo de manera externa con un psicólogo del ámbito sanitario público, particular (a su costo) o de manera gratuita con los psicólogos de la institución policial. Si resulta condenado, deberá ser cesanteado.
Escrito por E-GRUPOCLAN
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